ANMAT retiró unas galletas mendocinas con miel, tras una denuncia por reacción alérgica

Nacionales 18 de noviembre de 2021 Por Medios
Es por no incluir el rótulo del producto la frase de advertencia "puede contener leche" ya que el Código Alimentario Argentino lo exige teniendo en cuenta que muchas personas son alérgicas a la proteína de la misma
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Fotografía Ilustrativa

La ANMAT, en su disposición Nº 8563/2021, prohibió la venta del producto “Galletitas dulces con miel”, marca “La Española” (RNPA Nº 13044532, RNE N° 13004748) elaborado hasta el 9/9/2021, por no incluir el rótulo del producto la frase de advertencia “puede contener leche” ya que el Código Alimentario Argentino lo exige teniendo en cuenta que muchas personas son alérgicas a la proteína de la lactosa.

Se fijó que el producto está en infracción dado que en el rótulo del producto no se incluye la frase de advertencia “puede contener leche”, resultando ser un producto falsamente rotulado y en consecuencia ilegal y es por ello que se recomendó su prohibición en todo el territorio nacional.
 
El organismo nacional especificó que "Que las presentes actuaciones se originan a raíz de que el Departamento de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, en el marco de la investigación de una denuncia, informó las acciones realizadas en relación al producto: Galletitas dulces con miel, marca La Española, dado que su consumo, habría causado en dos menores de edad una reacción alérgica a la proteína de leche. Que a raíz de ello, dicho Departamento realizó una inspección en el establecimiento elaborador, Dolphin S.A, en Independencia N° 415 de la localidad de Godoy Cruz, provincia de Mendoza y según Acta N° 68789 indicó que el producto en cuestión, es formulado y elaborado en una línea de producción en la que también se procesan otros productos con leche como ingrediente".

Ademas de las galletas fabricada en Mendoza, la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió este jueves a través de su publicación en el Boletín Oficial una serie de alimentos de la marca EL-FA-NE, por carecer de autorización de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado al consignar en su rotulo un número de RNE y de RNPA dados de baja, resultando ser un producto en consecuencia ilegal.

La Disposición 8562/2021 establece la prohibición de la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional de los productos: “Lenteja RNPA N° 025/08004131/001″, Lentejón RNPA N° 025/08004131/002, Maíz pisingallo RNPA N° 025/08004131/003″, Arveja partida RNPA N° 025/08004131/004, Maíz pisado colorado RNPA N° 025/08004131/005, Maíz pisado blanco RNPA N° 025/08004131/006, Fariña RNPA N° 025/08004131/007, Sémola RNPA N° 025/08004131/008, Trigo candeal RNPA N° 025/08004131/009, Trigo burgol RNPA N° 025/08004131/010, Avena arrollada RNPA N° 025/08004131/011, Harina de maíz de cocción rápida RNPA N° 025/08004131/012, Poroto alubias RNPA N° 025/08004131/013, Poroto negro RNPA N° 025/08004131/014 y Poroto pallares RNPA N° 025/08004131/015, Poroto manteca RNPA N° 025/08004131/016 y Semilla de Chia RNPA N° 025/08004131/017″.

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